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Gestión al servicio de las personas con Discapacidad (Día 3)

Miércoles 2 de Diciembre de 2020

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Foro:

Gestión al servicio de las personas con Discapacidad (Día 3)

Atendiendo a la celebración del Día Internacional de la Población con Discapacidad, que tiene lugar el 3 de diciembre de cada año, de acuerdo con las Naciones Unidas, el Partido MIRA abre un espacio de una semana para hacer una revisión juiciosa y de seguimiento a la labor alrededor de la población con discapacidad tanto en el sector público como en el privado. Esto teniendo en cuenta que son muchos los sectores que intervienen para mejorar las condiciones de las personas con discapacidad y sus cuidadores.

ABC

El Foro por la Población con Discapacidad, se constituye en un espacio de 5 días, que tiene los siguientes objetivos: 

Alrededor del Gobierno Nacional: 

  • Visibilizar la labor realizada por el Gobierno Nacional en temas de población con discapacidad. 
  • Dar a conocer la oferta pública actual dirigida a la población con discapacidad, requisitos y canales puntuales de aprovechamiento. 

Alrededor del Partido MIRA: 

  • Visibilizar al Partido Político MIRA como un Partido que se preocupa y trabaja por la población con Discapacidad. 
  • Retomar el seguimiento a las Leyes de autoría del Partido Político MIRA, que han buscado gestionar beneficios para la población con discapacidad. 

Alrededor de las organizaciones amigas: 

  • Evidenciar los logros del Ministerio del Interior en temas de población con discapacidad.
  • Visibilizar el rol de la FIMLM y la Dra María Luisa en pro de la población con discapacidad, a nivel mundial.

La Semana por la Discapacidad está orientado a un amplio sector de la sociedad, entre ellos: 

  • Personas con discapacidad y cuidadores, como población objetivo principal, quienes se verán interesados y beneficiados de la oferta y los beneficios a socializar por parte de las entidades del Gobierno Nacional.

  • Asociaciones y Fundaciones que trabajan alrededor de beneficios para dignificar la calidad de vida de la población con discapacidad.

  • Líderes y simpatizantes del Partido que siguen su gestión y acompañan el desarrollo de actividades de socialización de beneficios. 

Objetivo – Inclusión – Empatía – Reconocimiento – Equidad

Uno de los fundamentos programáticos que rige el quehacer del trabajo del Partido Político MIRA, ha sido el trabajo alrededor de las poblaciones más vulnerables. 

En este propósito, el trabajo por la población con discapacidad se ha constituido en una línea de trabajo no solamente para el Partido, sino para instituciones amigas, con quienes hay unidad ideológica. 

Con el fin de reiterar este propósito, y atendiendo a la celebración del día internacional de la población con discapacidad, que tiene lugar el 3 de diciembre de cada año, de acuerdo con las Naciones Unidas, el Partido Político MIRA abre un espacio de una semana para hacer una revisión juiciosa y de seguimiento a la labor alrededor de la población con discapacidad tanto en el sector público como en el privado. Teniendo en cuenta que son muchos los sectores que intervienen para mejorar las condiciones de las personas con discapacidad y sus cuidadores.

Asimismo, determina un espacio para reconocer el trabajo de diferentes instituciones en pro de la mejora de las condiciones de vida de la población con discapacidad y plantea un puente entre lo público, lo privado y las comunidades, para trabajar articuladamente alrededor de un mismo objetivo.

El Foro, además propone un espacio de reconocimiento y premiación para las Fundaciones e Instituciones que han dado un aporte significativo a la población con discapacidad. Este reconocimiento, virtual y público, se constituye en un incentivo, pero además en un compromiso como Partido para seguir promoviendo el trabajo articulado y organizado por esta importante población.

El Foro se desarrollará entre el 30 de noviembre y el 4 de diciembre. Será un Foro de modalidad virtual. 

Al celebrarse en el marco del día internacional de la discapacidad, el 3 de diciembre de cada año, el Foro proyecta invitados nacionales e internacionales, que aclaren el panorama de la población con discapacidad en el mundo y de manera particular en Colombia

Sustento Jurídico

El artículo 1 de la Ley 762 de 2002 establece que el término «discapacidad» significa “una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.”

Según la Organización Mundial de la Salud “Discapacidad es un término general que abarca las deficiencias, las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. Las deficiencias son problemas que afectan a una estructura o función corporal; las limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas, y las restricciones de la participación son problemas para participar en situaciones vitales.

Por otro lado, para el Ministerio de Justicia  “La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.”

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su artículo 1º establece que “Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.

El Ministerio de Salud en el Glosario de Términos sobre Discapacidad acoge la definición de la Ley 1618 de 2013 “Personas con y/o en situación de discapacidad: Aquellas personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a mediano y largo plazo que, al interactuar con diversas barreras incluyendo las actitudinales, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.”

En el marco del Sistema Nacional de Discapacidad, las entidades públicas del orden nacional, departamental, municipal, distrital y local, en el marco, son responsables de la inclusión real y efectiva de las personas con discapacidad, de acuerdo con la Ley 1618 de 2013.

De acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1996 de 2019, todas las personas con discapacidad son sujetos de derecho y obligaciones, y tienen capacidad legal en igualdad de condiciones, sin distinción alguna.

El artículo  13 de la Constitución Política de Colombia señala que “El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos LENGUAJE discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

La Constitución Política en su artículo 47 establece que “El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran”.

El artículo 54 contiene que: “Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud.”

La Carta Política señala en su artículo 68, que:“La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.”

La Corte Constitucional en Sentencia 149 de 2018, señaló que “El principio de inclusión debe ser aplicado en todas las etapas de la educación, con miras a potencializar las habilidades del alumno y llevarlo al máximo de sus capacidades y competencias. La disponibilidad, el acceso, la permanencia y culminación de la prestación del servicio educativo deben ser inclusivos”

Teniendo en cuenta la importancia que reviste el tema, es indispensable que los congresistas e intervinientes en el Foro manejen un lenguaje exacto y apropiado a fin de respetar lo contemplado en la normatividad nacional e internacional. 

En la reunión que se realizó con la FIMLM enseñaron que las personas que mejor nos pueden enseñar acerca de discapacidad son las personas que tienen esa condición , cabe resaltar que la discapacidad NO ES UNA ENFERMEDAD, hablar de personas con discapacidad o en situación de discapacidad,  no hace tanta diferencia , lo más importante es conocer su entorno.

Lo más importante es continuar avanzando en la inclusión , la participación y la NO discriminación. Si bien es cierto que el rigor jurídico es importante , el punto central es cómo se logra el reconocimiento de los derechos.

La Corte Constitucional, mediante Sentencia C-147/17 señaló que la expresión al discapacitado” vulnera el principio de la dignidad humana al tratar un lenguaje que no responde a criterios de técnica jurídica por cuanto parte de visiones reduccionistas y de marginación

El término persona con discapacidad, es un término genérico para referirse a las personas que tienen una discapacidad.

  1. Cuando se refiera a la discapacidad de una persona, se debe poner el énfasis en la persona y no en el uso de etiquetas genéricas. Es mejor decir “persona con autismo”, “personas sordas” o más genérico “persona con discapacidad” NO DECIR  “el autista”, “los sordos” o “el discapacitado”.
  2. Usar el término «la discapacidad» mejor que «la deficiencia» para referirse a la discapacidad de una persona. Es mejor usar «accesible» para describir las “deficiencias”, como en el caso de “un aparcamiento con deficiencias”, usar mejor “un aparcamiento poco accesible”.
  3. NO DECIR Evitar sustantivar adjetivos como «el discapacitado, el minusválido, el ciego, los epilépticos, un tetrapléjico», etc. Los términos descriptivos deben ser usados como adjetivos, no como sustantivos.
  4. Evitar las descripciones negativas o sensacionalistas de la discapacidad de una persona: «sufre de», «una víctima de», o «afligido con», o referirse a personas con discapacidad como «pacientes», a no ser que lo haga porque estén recibiendo tratamiento médico.
  5. No retratar a las personas con discapacidad, que han tenido éxito social o profesional, como superhéroes, llenas de coraje o especiales, esto distorsiona la verdad e implica que es insólito tener talento o habilidades por parte de este colectivo. Lo razonable es mostrar a las personas con discapacidad que tienen éxito y a las que no lo tienen, pero que luchan todos los días por llevar una vida lo más normalizada posible y, centrarse en la persona y no en la discapacidad.
  6. NO USAR  el término «normal» para describir a las personas sin discapacidad o para comparar, es mejor decir «personas sin discapacidad».
  7. No decir «condenado a una silla de ruedas» o «limitado a una silla de ruedas”, las personas que usan instrumentos o equipos para la movilidad, gracias a estos, tienen la libertad y la accesibilidad que de otro modo les es negada.
  8. No usar Verbos o términos negativos, al presuponer que sufre o experimenta una disminución en su calidad de vida, como “sufre esquizofrenia”, “padece sordera”, “afectado por polio”, “víctima de”, es mejor utilizar el verbo “tener” que es menos negativo, “tiene una distrofia muscular”.
  9. Uso de eufemismos como “personas diferentes”, “con problemas físicos”, “físicamente limitados”, “invidentes”, y diminutivos como “sillita” o “carrito” para referirse a la silla de ruedas, o “taca taca” para definir un andador. Lo correcto sería hablar de “personas con discapacidad física o con problemas de movilidad” o “personas ciegas”, de “silla de ruedas” o de “andador”.

Las categorías de discapacidad están contempladas en la Resolución 113 de 2020 expedida por el Ministerio de Salud y son las siguientes:

Discapacidad física: se encuentran las personas que presentan en forma permanente deficiencias corporales funcionales a nivel músculo esquelético, neurológico, tegumentario de origen congénito o adquirido, pérdida o ausencia de alguna parte de su cuerpo, o presencia de desórdenes del movimiento corporal.

Discapacidad auditiva: se encuentran personas que presentan en forma permanente deficiencias en las funciones sensoriales relacionadas con la percepción de los sonidos y la discriminación de su localizaclón, tono, volumen y calidad; como consecuencia, presentan diferentes grados de dificultad en la recepción y producción de mensajes verbales y, por tanto, para la comunicación oral. 

Discapacidad visual: se incluye a aquellas personas que presentan deficiencias para percibir la luz, forma, tamaño o color de los objetos. Se incluye a las personas ciegas y a las personas con baja visión, es decir, quienes a pesar de usar gafas o lentes de contacto, o haberse practicado cirugía, tienen dificultades para distinguir formas, colores, rostros, objetos en la calle, ver en la noche, ver de lejos o de cerca, independientemente de que sea por uno o ambos ojos.

Sordoceguera: es una discapacidad única que resulta de la combinación de una deficiencia visual y una deficiencia auditiva, que genera en las personas que la presentan problemas de comunicación, orientación, movilidad y el acceso a la información.

Discapacidad intelectual: aquellas personas que presentan deficiencias en las capacidades mentales generales, como el razonamiento, la resolución de problemas, la planificación, el pensamiento abstracto, el juicio, el aprendizaje académico y el aprendizaje de la experiencia. Estos producen deficiencias del funcionamiento adaptativo, de tal manera que el individuo no alcanza los estándares de independencia personal y de responsabilidad social en uno o más aspectos de la vida cotidiana, incluidos la comunicación, la participación social, et funcionamiento académico u ocupacional y la independencia personal en la casa o en la comunidad.

Discapacidad psicosocial (mental): Resulta de la interacción entre las personas con deficiencias (alteraciones en el pensamiento, percepciones, emociones, sentimientos, comportamientos y relaciones, considerados como signos y síntomas atendiendo a su duración, coexistencia, intensidad y afectación funcional) y las barreras del· entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad.

Discapacidad múltiple: Presencia de dos o más deficiencias asociadas, de orden físico, sensorial, mental o intelectual, las cuales afectan significativamente el nivel de desarrollo, las posibilidades funcionales, de comunicación, la interacción social y el aprendizaje, por lo que requieren para su atención de apoyos generalizados y permanentes. 

Discapacidades adquiridas: son aquellas discapacidades que se han obtenido en el ejercicio de sus funciones, ello quiere decir que las deficiencias surgieron a partir de labores o por consecuencia de una situación externa. Ejem: miembros de las fuerzas militares, sociedad civil a causa de la guerra.

Para obtener el Certificado de Discapacidad o la Calificación de Invalidez, actualmente existen dos alternativas, de acuerdo a la necesidad del usuario:

  1. De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 5° de la Ley 361 de 1997, la EPS a la que se encuentra afiliado, es la entidad responsable de emitir un certificado de Discapacidad, de acuerdo a lo consignado en la Historia Clínica. Dicha certificación no tiene costo alguno.
  2. La segunda alternativa está relacionada con la Calificación de la Invalidez reglamentada en el Decreto 917 de 1999, que se aplica para todos los habitantes del territorio nacional, a todos los trabajadores del sector público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes, y del sector privado en general, para determinar la pérdida de la capacidad laboral de cualquier origen, de acuerdo a lo contemplado en la Ley 100 de 1993, el Decreto 1295 de 1994 y la Ley 361 de 1997.  Esta calificación tiene un valor de 1 SMMLV, el cual, en caso de presentarse enfermedad profesional o accidente de trabajo, será cubierto por la ARL, en caso de requerirse demostrar la discapacidad; fuera del ámbito laboral, debe ser cubierto por la persona calificada.

https://www.ohchr.org/documents/publications/advocacytool_sp.pdf

Ley 1346 de 2009

c-458/2015

c-043/2017

https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/ride/de/ps/documento-balance-1618-2013-240517.pdf Ley estatutaria 1618/2013

Foro:

Conclusiones

En el marco internacional, Colombia ha sido uno de los países más prontos a suscribir convenios en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad. Ya a 30 años de la suscripción del Convenio 159 de la OIT, del cual se esperan con expectativa las memorias 2020 para evaluar los avances y ajustes que se deben realizar en la política nacional para la inclusión laboral de las personas con discapacidad. 

El Partido MIRA ha dado ejemplo en el trabajo desde el Congreso para visibilizar las necesidades y avances de las políticas y proyectos en favor de las personas con discapacidad, se requieren dolientes en todas las ramas del poder público. Se ha avanzado en normas, planes, programas, jurisprudencia; sin embargo se requiere aún más socialización especialmente con el sector empresarial para impulsar la vinculación laboral. 

Las metas del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, han permitido trazar metas importantes para la inclusión laboral de las personas con discapacidad; en ello ha sido fundamental la coordinación institucional para la colocación y apertura de vacantes para personas con discapacidad. Falta continuar con la sensibilización de los sectores, así como de dar mayor participación en el proceso a las organizaciones  de personas con discapacidad. 

Se invita a las personas con discapacidad a participar de las convocatorias para educación y formación para el trabajo, así como inscribirse a las bolsas de empleo y a los bancos de proyectos; no solo se requiere aumentar la oferta sino conectar con la demanda. 

La fuerza pública ha dado ejemplo en el avance y medidas adoptadas para la rehabilitación y continuidad de las personas con discapacidad, en las que se busca mantener en el servicio activo a sus miembros, de acuerdo a sus capacidades. Asimismo en el campo deportivo se ha logrado marcar una ruta para nuevos proyectos de vida y de ejemplo de inclusión de personas con discapacidad. 

En materia de participación, se ha avanzado para generar estrategias que permitan tener garantías para el ejercicio del voto y actualización para la caracterización continua del censo electoral con enfoque de inclusión, para prever las necesidades de la PDC en el marco de sufragios. Se espera que se apruebe la reforma electoral para que estas medidas se vean fortalecidas. 

Nuestro Concejal en Ubaté y Edil en Neiva nos contaron sus experiencias de vida y la importante labor que han realizado por sus comunidades, siendo ejemplo en medio de sus vecinos por el apoyo que les han brindado al adelantar diferentes gestiones en beneficio de las personas. 

PANELISTAS

Coronel Rigoberto Acevedo

Jefe Área Gestión de Aseguramiento en Salud

Diana Gutiérrez

Directora de la Dirección Centro de Rehabilitación del Ministerio de Defensa

Francisco Camargo Salas

Director de Empleo Público - Función Pública

Hernán Fuentes

Director de Empleo y Trabajo El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)

Dr. Iván Jaramillo

Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario

Mauricio Rubiano

Ministerio del Trabajo

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